Instancias de Concertación

INSTANCIA REGIONAL


Es un espacio de articulación y coordinación con representación regional que integra a las instituciones del Estado y de la sociedad civil para abordar y concertar asuntos de la política social. Para el caso específico de la violencia hacia las mujeres e integrantes del grupo familiar, tiene la siguiente conformación:


  • El Gobierno Regional, quien la preside. Este cargo es indelegable, bajo responsabilidad.
  • La Dirección Regional de Educación.
  • La Dirección de la Oficina Presupuestal de Planificación de los gobiernos regionales.
  • La Dirección o Gerencia Regional de Salud, o las que hagan sus veces.
  • La Jefatura Policial de mayor grado que preste servicios en la jurisdicción del Gobierno Regional.
  • La Corte Superior de Justicia de la jurisdicción.
  • La Junta de Fiscales del Ministerio Público
  • Tres Municipalidades de las provincias de la región que cuenten con el mayor número de electoras y electores.
  • Dos representantes cuya designación la realiza el Programa Nacional AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
  • Hasta tres asociaciones u organizaciones no gubernamentales involucradas en lucha contra la violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar de la región.
  • Las Direcciones Distritales de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
  • La Oficina Defensorial de la Región.
  • Hasta dos representantes de instituciones y organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios en su ámbito de competencia, si los hubiera.

INSTANCIA PROVINCIAL


Es un espacio de articulación y coordinación a nivel provincial que tiene entre sus funciones proponer en los instrumentos de gestión como el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), el Plan Operativo Institucional (POI) y el Presupuesto Participativo (PP), acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Está integrada por la máxima autoridad o representantes de las siguientes entidades:


  • La Municipalidad Provincial, quien la preside. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad.
  • La Gerencia de Planificación de la Municipalidad Provincial o el que haga sus veces.
  • La Gobernación Provincial.
  • La Jefatura Policial de mayor grado que preste servicios en la provincia.
  • La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) con jurisdicción en la provincia.
  • Las Municipalidades de tres distritos de la provincia que cuenten con el mayor número de electoras y electores.
  • La autoridad de salud de la jurisdicción.
  • Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú.
  • Hasta un representante de rondas campesinas o urbanas, de las comunidades campesinas y nativas, y de los comités de autodefensa de la zona, si los hubiere.
  • El Centro Emergencia Mujer.
  • Hasta tres organizaciones o asociaciones de la sociedad civil relacionadas a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la provincia.
  • Un/a representante del Poder Judicial cuya designación la realiza la Presidencia de la Corte Superior de la jurisdicción.
  • Un/a representante del Ministerio Público, cuya designación la realiza la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción.
  • Hasta dos representantes de instituciones y organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios en su ámbito de competencia, si los hubiera.

INSTANCIA DISTRITAL


Es un espacio de articulación y coordinación a nivel distrital que tiene entre sus funciones proponer en los instrumentos de gestión como el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), el Plan Operativo Institucional (POI) y el Presupuesto Participativo (PP), acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Está integrada por la máxima autoridad o representantes de las siguientes entidades:



  • La Municipalidad Distrital, quien la preside. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad.
  • La Gobernación Distrital.
  • La Jefatura de la Policía Nacional del Perú a cuya jurisdicción pertenece el distrito.
  • Dos Municipalidades de Centros Poblados menores
  • Hasta un representante de rondas campesinas o urbanas, de las comunidades campesinas y nativas, y de los comités de autodefensa de la zona, si los hubiere.
  • Hasta dos organizaciones comunales existentes.
  • El Centro Emergencia Mujer.
  • Hasta dos organizaciones o asociaciones de la sociedad civil del distrito relacionadas a la temática de la violencia contra las mujeres y las personas que integran el grupo familiar.
  • Un o una representante del Poder Judicial, quien es designada la Presidencia de la Corte Superior de la jurisdicción.
  • Un o una representante del Ministerio Público, quien es designada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción
  • Un o una representante de los establecimientos públicos de salud.
  • Un o una representante de los centros educativos.
  • Hasta dos representantes de instituciones y organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios en su ámbito de competencia, si los hubiera.